“La Educación de Mendoza no se negocia”

Por Mariana Peres Solaligue
Profesora de Teatro

 

El día 17 de septiembre despertamos con la novedad de que el titular de la Dirección General de Escuelas, José Thomas, y su equipo, habían presentado a las autoridades un borrador de una nueva Ley Provincial de Educación. Una ley que fomenta la privatización, precarización e  inestabilidad laboral; abre paso a la modificación del Estatuto Docente, restándole importancia; y municipaliza las Escuelas Artísticas y los SEOS.

El Gobierno provincial escuda su proyecto de ley bajo el lema de que la educación cambió y que es momento de repensar las políticas educativas en pos de los desafíos actuales. ¿Es realmente este el momento de abrir el debate respecto a la modificación de la normativa vigente? En medio de un contexto de pandemia, no es posible realizar un aporte significativo y presencial de la comunidad educativa para construir colectiva y reflexivamente lo que enmarcará la nueva ley.

La Ley Nacional 26.260, en su artículo 2º, establece que “la educación y el conocimiento son bienes públicos y un derecho personal y social garantizados por el Estado”.

La Ley Provincial 6.970 establece que “la educación es un derecho natural y social fundamental para el desarrollo de la persona, un deber y un derecho de la familia como agente natural y primario, y una obligación indelegable, imprescriptible e inalienable del Estado”.

En contraste, la propuesta de Thomas promueve la digitalización y la bimodalidad, en una Provincia donde el 60% de los hogares no tiene acceso a Internet, según el último informe del CISME (Centro de Investigación Social de Mendoza). Entonces, ¿dónde queda la obligación indelegable del Estado de garantizar la educación? El proyecto no describe en sus artículos cómo asegurará la conexión para estudiantes ni docentes, lo que podría aumentar la brecha educativa.

Ciberpatrullaje, privatización e inestabilidad laboral

Leemos en el Capítulo 3 “Derechos y obligaciones de los y las docentes”, artículo 11º, que los y las docentes tendrán entre sus obligaciones:

k) hacer un uso responsable de sus redes sociales, como lo exige la profesión docente…

l) comunicar ante la autoridad escolar cuando detecte o advierta que alguna persona miembro de la comunidad educativa esté haciendo un uso inconveniente de las redes sociales.

La libertad de expresión queda sepultada para abrir paso a la mordaza ideológica a través del ciberpatrullaje y el buchonaje.

En el Capítulo 6 “SED. Sistema de Educación Digital”, se considera al SED como una ampliación al derecho a la educación y en el artículo 39º se define como componente estructural a las plataformas, entendidas como herramientas de gestión, para la formación docente, la articulación de la propuesta pedagógica y la modularización de las trayectorias de aprendizaje. ¿Educación por plataformas generadas por el Estado o empresas privadas? ¿Excusa para incorporar corporaciones y multinacionales? Nuevamente no se explicita sobre la conectividad. ¿Acaso continuará siendo autofinanciada por docentes y estudiantes?

En el Apartado II: “Acceso, permanencia y promoción docente”, artículo 86º, expresa que la condición de titular adquirida por concurso, deberá renovarse cada 7 (siete) años a través de mecanismos de concursos.

El mismo gobierno que implementó el Ítem Aula cercena la estabilidad laboral, al minimizar la permanencia en un cargo a 7 años y ofrece la posibilidad de participar nuevamente en un concurso para revalidar siempre y cuando el resultado de las evaluaciones que se le hagan durante esos años lo permita.

¿Vacíos convenientes?

Recordemos que la Ley 6.970, que rige actualmente en la provincia de Mendoza, establece en su artículo 2º que “La educación pública de jurisdicción provincial está integrada por los servicios educativos de gestión estatal y privada”.

En el borrador de la nueva Ley, el Apartado III “Servicios Educativos de Gestión Municipal” enumera a los jardines maternales, centros de apoyo educativo, centros de capacitación laboral y escuelas deportivas y artísticas como servicios educativos de gestión municipal, administrados por el Municipio con o sin apoyo de la DGE, y apunta en el artículo 112º a una ley específica que reglamentará las competencias y atribuciones de los municipios en materia educativa. ¿Qué intenta decir la ley con este nuevo apartado? Aquí nacen más dudas que certezas. ¿Cuáles serían las funciones de los municipios en la tarea educativa? ¿Qué “servicios” prestarán? ¿Quién pagará los salarios de esos docentes? ¿Qué contenidos se brindarán? ¿Con qué fines? Muchas preguntas que la ley, intencionalmente, no responde pero que abren camino a la descentralización educativa.

El Título VIII “Disposiciones Complementarias”, Art. 142º, señala que el/la directora/a General de Escuelas deberá proponer la adecuación del Estatuto Docente al espíritu de esta ley.

Los derechos conquistados quedarán ahora a merced del director de la DGE, que podrá hacer las modificaciones que considere oportunas, desde incorporar la bimodalidad, que agravaría la precarización de las condiciones de trabajo; o establecer implícitamente la creación de un instituto de calidad educativa con fines de medición y control a docentes; hasta incorporar la productividad docente en función de criterios mercantilistas, con una remuneración atada al desempeño de estudiantes (artículo 24º inciso e).

Reflexión final

Este proyecto de ley se presenta con las paritarias cerradas desde comienzos de 2020 y con la educación en contexto de emergencia, sostenida con la conectividad e insumos tecnológicos de los docentes y las familias de los estudiantes. Introduce una reforma pedagógica que vulnera el acceso a la educación, una reforma laboral que explícitamente establece la modificación del Estatuto Docente acorde a la bimodalidad y precariza los salarios por productividad, eliminando la estabilidad laboral.

Thomas invita a la sociedad a participar y realizar aportes y propuestas para desarrollar la nueva Ley. ¿Escuchará las voces que hace días ya expresan su opinión o hará oídos sordos? Habrá que hacer ruido más fuerte entonces, que la educación somos todos y la educación de Mendoza no se negocia.

 

 


Conozca el borrador de la Ley Provincial de Educación

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